¿Cuáles son los gastos del proceso?

23.11.2013 11:56

En los juicios de divorcio no se abona la tasa de justicia, salvo que se declaren bienes pertenecientes al acervo conyugal.

En ese supuesto se abonará el 3% del importe correspondiente a la valuación fiscal de los mismos.

Igualmente, en el caso de que existan bienes, es posible acordar privadamente la venta, y de tal forma, en principio, ahorrar la tasa de justicia.

Además, en todos los casos, se debe abonar el bono profesional de los abogados intervinientes, gastos administrativos y honorarios.